Real Decreto-ley 14/2019, de medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, en tela de juicio.
Muchos juristas y técnicos de seguridad informática consideran que el Real Decreto-ley 14/2019 puede suponer una amenaza para los derechos fundamentales, y en particular para la libertad de expresión en la red.
En general, esta normativa otorga al Gobierno mayores poderes para controlar Internet y las comunicaciones electrónicas. Es decir que el Gobierno electo del momento, sin ninguna intervención judicial de garantía, tendría a través del actual Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el poder de ordenar sin audiencia previa, la intervención, bloqueo e incluso cierre de Internet y los dispositivos electrónicos, redes o servicios de comunicación en general, alegando la ya abusada legitimidad basada en la seguridad pública, y la lucha contra los laxos y amplios conceptos malinterpretables de «actividades de desinformación» y «interferencia en los procesos de participación política».
Pero, no solamente eso, sino que el Real Decreto-ley parece ir en contra, por un lado, del desarrollo y la innovación tecnológica en España; y por el otro, en contra de los propios derechos digitales del ciudadano, porque además de prohibir algunos usos del imparable blockchain y tecnologías similares, también podría ser un instrumento para controlar por parte de los partidos políticos en el poder el derecho a la manifestación, o silenciar la opinión política de la oposición.
¿En qué casos podría el Gobierno utilizar esta potestad? Cuando:
- existe una amenaza inmediata y grave al orden público, seguridad pública o seguridad nacional.
- existe una amenaza inmediata y grave para la salud pública.
- pueda causar graves daños al funcionamiento de la seguridad pública, la protección civil y los servicios de emergencia.
- otros servicios o redes de comunicaciones electrónicas son seriamente interferido.
- crea serios problemas económicos u operativos para otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas u otros usuarios del espectro radioeléctrico.
De nuevo, un tema para reflexionar sobre la proporcionalidad de la aplicación de la ley.
Autor: Carlos Basteiro-Bertoli